Impuesto de la Renta de las Personas Físicas

Modelo 347. Comunidad de propietarios


  • Materia: Derecho Fiscal y Tributario
  • Especialidad: / Derecho Fiscal y Tributario / Impuestos / Impuesto de la Renta de las Personas Físicas
  • Número: 4726
  • Tipo de caso: Consulta
  • Voces: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, OBLIGACIÓN DE HACER

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
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  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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Documentos originales firmados por el cliente



Consulta


Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
Zaragoza, 11-03-2011
Una comunidad de propietarios de un edificio de viviendas, 

¿está obligada a presentar el modelo 347?
 
¿y por los gastos de conservación, como pueden ser pintar fachada, cambiar ascensor ?
 


Solución propuesta.
  • Depende del tipo de ingresos que perciba la Comunidad de Propietarios; si los únicos ingresos que percibe son los derivados del pago de las cuotas de provisión de fondos por parte de los propietarios no estará obligada a presentar el Modelo 347,por el contrario si la Comunidad percibe otro tipo de ingresos (por ejemplo, por un alquiler) sí que puede estar obligada a presentar dicho modelo.

     
  • No es necesario presentar el Modelo 347 por estos conceptos dado que no suponen el ejercicio de una actividad económica por parte de la Comunidad de Propietarios, es decir, no actúa como empresario.
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